Llevaban casi un año anunciando los cambios de la nueva ley de alquiler, pregonando las ventajas que ofrecerá al arrendamiento y, por fín, se ha aprovado.La nueva ley de alquiler

A falta de tener la oportunidad de ver todos los detalles, según he visto en sus líneas generales hay cosas que me parecen estupendas pero muchas otras son púramente populistas y poco realistas.

1- Duración de los contratos: Ahora serán con un límite de tres años con posibilidad de otros dos de prórroga (Total cinco) frente a los cinco más tres anteriores. Para aquellos que tenemos un piso para alquilar, es una judiada, ya que es preferible tener un sólo inquilino ocho años que dos diferentes. Ahora bien, para quienes opten por alquilar para ver si más adelante pueden vender es un alivio. Por tanto, lo que beneficia a unos perjudica a otros. Digamos que lo uno compensa lo otro.

2- Facilita al propietario la recuperación de la vivienda en caso de necesidad: La nueva ley de alquiler amplia los casos en los que el dueño puede recuperar su vivienda, sin embargo, para un posible inquilino esto es una judiada. Muchos inquilinos quieren tener una residencia estable (Este es un tipo de inquilino cumplidor y cuidadoso, yo al menos lo prefiero) y, por eso, les preocupa tener que andar de mudanzas cada poco tiempo, sobretodo si tienen familia. Seguramente esta medida dará lugar a «tiras y afloja» entre propietario e inquilino.

3- Se podrá desahuciar a un inquilino moroso en 10 días: Esto me recuerda a la constitución, donde todos los Españoles tenemos derecho a una vivienda digna. ¿Se puede cumplir? Por desgracia, no. Tengo un gran amigo que es funcionario en los juzgados de lo civil y puedo asegurar que el tópico del funcionario que hace poco no se cumple en absoluto. Las situación real es que los juzgados están colapsados y tiene pocos medios, por lo que salvo que den autorización al propietario para sacar encañonado con una escopeta al inquilino moroso como en el oeste, sencillamente, esto es inviable.

4- Creación de un único registro público de inquilinos morosos: ¡Por fin! Existen profesionales del impago que se van de rositas precisamente por esto. Esta es una forma de que los propietarios dejen de temblar cuando se habla del alquiler. Con lo sencillo que es. El que sea condenado por impago o destrozos que sea registrado en esta lista para que en el futuro no la haga más…

5- Posibilidad de abandonar la vivienda con un preaviso de un mes: Es una buena medida tanto para inquilinos como propietarios, básicamente porque ya era una práctica habitual hacerlo así, y de este modo lo hacen oficial.

6- Actualización de la renta: Ya no va ligada al IPC, por lo que existe libertad de pacto en cuanto al índice a utilizar. Pero ¿Cual?. Actualmente se daba la situación de que el IPC subía mientras el mercado de alquiler bajaba, por lo que muchos inquilinos se mudaban al encontrar viviendas a mejor precio. Esto tiene fácil solución (Que es lo que yo he hecho) hablar con el inquilino y modificar a la baja el precio.

Mis conclusiones sobre la nueva ley de alquiler

Se supone que todas estas medidas son para dinamizar el mercado de alquiler, pero a mí me parece que, por supuesto, se harán más contratos de alquiler pero no porque se alquile más sino porque al ser alquileres más cortos se harán más contratos a un número similar de inquilinos. Creo que esta nueva ley es insuficiente para conseguir sus objetivos, por no hablar del inquilino, que ve recortados sus derechos de forma muy sensible.

Gracias a una empresa especialistas en alquiler (Página oficial aquí) por informarme de los cambios en la nueva ley de alquiler.

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Cada vez somos más los propietarios que buscamos garantías de alquiler, pero lamentablemente no hay muchas opciones serias en el mercado.

Tengo la suerte de tener alquilado mi piso de «soltero», pequeñito y viejo, pero no por ello le tengo menos aprecio. Cuando busqué alguna garantía de alquiler, lo primero que me ofrecieron fué uno de estos formularios a través del tribunal de arbitraje, pero mi enfermiza manía de buscar primero en Google «opiniones garantia de alquiler» me hizo darme cuenta de que, una vez más, lo que venden es humo…..

Sin garantías de alquiler prefiero no alquilar...El caso es que me patee varias agencias buscando alternativas, y la conclusión a la que llegué es simple: Recurrir a un seguro de impagos de alquiler. Este tema da para un post de por sí, ya que los hay de todos los colores y sabores, pero la mayor parte de ellos son muy básicos y con pocas coberturas (Por no hablar de algunas clausulas…)

Al final, si eres de los que no duermen por las noches si algo te preocupa, ráscate el bolsillo porque no queda otra. Si no quieres pagar el seguro, siempre puedes hacer un estudio de solvencia del inquilino , por tu cuenta o contratando una empresa especializada, ya que en la práctica esta es la mejor garantía de alquiler.

También puedes recurrir a un perito en el caso de que te causen daños para hacer una valoración de los mismos, pero si seleccionas bien al inquilino, casi con seguridad que no tendrás problema alguno.

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Sólo una vez he tenido que hacer una tasación inmobiliaria y, como no, busqué información sobre empresas para valorar una nave. Existen algunas empresas de primera línea, como Tinsa o Valmesa, que presumen de estar inscritas en el banco de España, pero ¿Y sus técnicos?

Lamentablemente, mi experiencia con Tinsa en Valladolid fué nefasta, no por la empresa en sí, sino por el señor arquitecto en el que confié. Para empezar, al solicitar presupuestos directamente descarté unos cuantos, como el de Valmesa, Alia o Krata, ya que en mi familia uno de mis tíos ha confiado en el señor de cuyo nombre prefiero olvidarme.

Pese a no ser el presupuesto más económico, acepté que hiciera la valoración este buen señor ¡Más de 1.000€ por una nave! El caso es que prometió que el precio final bajaría, gracias a la confianza que tenía con mi familiar. Se le debió olvidar esto último, ya que no rebajó ni un céntimo, una vez firmé la aceptación (Culpa mía, por pardillo)

El caso es que tardó casi un mes, con la excusa de validaciones en Madrid y demás… total que como cobran en base al valor, la tasación fué altísima (Y ¿Tinsa, Valmesa o sociedades de tasación? No, graciaseso que estamos en plena crisis) con mucha paja (Hay que justificar el sablazo) y, como no, la otra parte presentó una valoración contradictoria, ya que no estaba de acuerdo.

La valoración la hizo un Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API) con el que la otra parte contactó en su página www.zartasa.com

El hecho cierto es que le costo menos de un tercio (360€ tasar EXACTAMENTE LO MISMO, he tirado más de 1.000€ a la basura) y además desguazó la valoración del buen técnico de TINSA, por un sencillo motivo: Los API conocen el mercado porque se dedican a la intermediación y el señor de Tinsa ve cuatro anuncios pero no tiene ni pajolera de cómo está el mercado.

Si tienes que hacer una valoración y no es para hacer hipoteca, consulta al API de tu zona….. ahorrarás dinero y disgustos


¿Con quién hacer una tasación inmobiliaria? Tinsa, valmesa……
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